{"id":1317,"date":"2011-02-05T11:43:28","date_gmt":"2011-02-05T14:43:28","guid":{"rendered":"http:\/\/pueyrredonline.com\/wp\/?p=1317"},"modified":"2011-02-07T01:11:14","modified_gmt":"2011-02-07T04:11:14","slug":"regular-o-no-regular-cual-es-la-solucion","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/pueyrredonline.com\/blog\/columna\/regular-o-no-regular-cual-es-la-solucion\/","title":{"rendered":"Regular o no regular, cual es la soluci\u00f3n?"},"content":{"rendered":"<p><a href=\"https:\/\/pueyrredonline.com\/blog\/wp-content\/uploads\/2011\/02\/regular-internet.jpg\"><img decoding=\"async\" class=\"alignright size-full wp-image-1318\" title=\"Como no hay que regular internet\" src=\"https:\/\/pueyrredonline.com\/blog\/wp-content\/uploads\/2011\/02\/regular-internet.jpg\" alt=\"\" width=\"224\" height=\"187\" srcset=\"https:\/\/pueyrredonline.com\/blog\/wp-content\/uploads\/2011\/02\/regular-internet.jpg 320w, https:\/\/pueyrredonline.com\/blog\/wp-content\/uploads\/2011\/02\/regular-internet-300x250.jpg 300w\" sizes=\"(max-width: 224px) 100vw, 224px\" \/><\/a>En diferentes partes del planeta estan igual de\u00a0dubitativos\u00a0que nuestro famoso\u00a0personaje de Shakeapeare\u00a0buscando los mecanismos que le permitan\u00a0\u00abordenar el caos\u00bb que internet, las redes sociales y las nuevas tecnologias aplicadas al d\u00eda a d\u00eda han provocado.<\/p>\n<p>La base del problema est\u00e1 en\u00a0los fabulosos cambios que hemos vivido en los \u00faltimos\u00a0a\u00f1os y\u00a0la falta de rapidez con la que hemos gerenciado esos cambios.<\/p>\n<p>Personalmente estoy maravillado por la capacidad de reaccion y adaptacion\u00a0que tenemos los individuos que formamos parte de este ecosistema. En el caso del mercado por ahi no ha sido a la velocidad que los que nacimos en la primer ola y somos hijos de la segunda ola de los negocios por internet\u00a0hubieramos\u00a0querido, pero si solo pensamos que hace 15 a\u00f1os eramos 16 millones de usuarios de internet en el mundo y hoy superamos los 2000 millones o que superamos en el 2010 los 1.000.000 de millones de dolares transaccionados B2C\u00a0(Ventas online de Empresas a consumidores) a nivel mundial por internet\u00a0son un clara muestra de esta capacidad de cambio y adaptacion. Es cierto que a nivel de ventas minoristas aun el ecommerce o comercio electronico no supera el 1% a nivel mundial, pero es una realidad que en algunos paises ya significa el 4% y con crecimiento de mas de dos digitos a\u00f1o tras a\u00f1o.<\/p>\n<p>Un escenario totalmente distinto\u00a0tenemos en las instituciones y\u00a0sistemas que rigen\/regulan\/administran\u00a0nuestro ecosistema, mas aun si estas son de\u00a0origen publico!! que claramente estan viendo el partido desde el banco de suplentes y agradezcamos que estan ahi porque hace unos pocos a\u00f1os atras ni siquiera habian entrado al estadio.<\/p>\n<p>Es ahi donde esta el principal desafio que hoy los modelos disruptivos y las nuevas formas de hacer y vivir las cosas han traido<\/p>\n<p>Pero para entender la envergadura de la problematica de lo\u00a0que estamos hablando y su gran peligro veamos el ejemplo de lo que hoy sucede con la\u00a0Ley Sinde en Espa\u00f1a,<\/p>\n<p>Primero, Que es la Ley Sinde? muy resumidamente es\u00a0el nombre informal con el cual se conoce a un apartado particular de la <strong>Ley de Econom\u00eda Sostenible<\/strong> llamado \u201c<em>Disposici\u00f3n Final Segunda<\/em>\u201d, en que el Gobierno de Rodr\u00edguez-Zapatero intenta enfrentar la crisis economica y social\u00a0que atraviesa Espa\u00f1a actualmente. Fue propuesta en mayo de 2009.<\/p>\n<p>Dicha <strong>Disposici\u00f3n Final Segunda<\/strong> consiste en una serie de cambios que afectan a:<\/p>\n<ul>\n<li>La Ley de Servicios de la Sociedad de la Informaci\u00f3n (m\u00e1s conocida como LSSI).<\/li>\n<li>La Ley de Propiedad Intelectual.<\/li>\n<li>La Ley Reguladora de la Jurisdicci\u00f3n Contencioso-Administrativa, (que se centra en la protecci\u00f3n de la propiedad intelectual en el \u00e1mbito de la sociedad de la informaci\u00f3n y de comercio electr\u00f3nico).<\/li>\n<\/ul>\n<p>El objetivo de modificar estas leyes es permitir que un grupo de personas dependientes del <strong>Ministerio de Cultura<\/strong> (una <em>comisi\u00f3n cultural<\/em> o <em>comisi\u00f3n de propiedad intelectual<\/em>), tengan la potestad de cerrar p\u00e1ginas web que, de acuerdo a su propio criterio, vulnere los derechos propiedad intelectual previa autorizaci\u00f3n de los <strong>Juzgados Centrales de lo Contencioso Administrativo<\/strong>\u00a0<\/p>\n<p>Con las modificaciones hechas para lograr el acuerdo pactado entre los partidos PP, PSOE y CIU para hacer pasar la ley, <strong>la Ley Sinde es y funcionan de la siguiente manera<\/strong>:<\/p>\n<p>Para que la <em>Comisi\u00f3n de Propiedad Intelectual<\/em> actue, debe recibir una denuncia (puede ser de particulares, cantantes, bandas, directores, como de una discogr\u00e1fica, estudio de cine, televisi\u00f3n, o sus respectivos representantes) ellos tendr\u00e1n la <strong>potestad de determinar si hay falta o no<\/strong>; cuando determinan que <strong><em>s\u00ed<\/em><\/strong>, hay dos v\u00edas a recorrer:<\/p>\n<ol>\n<li>El responsable de los contenidos que supuestamente vulneran la propiedad intelectual o aquellos que hospedan el contenido o aquel proveedor de acceso al que est\u00e1 conectado un servidor que hospeda los contenidos, inclusive quien los public\u00f3 tiene <strong>48 horas<\/strong> para que, <em>voluntariamente<\/em>, retire el contenido en cuesti\u00f3n. Esto se hace por medio de una petici\u00f3n <strong>en la que no intercede ning\u00fan organismo jur\u00eddico<\/strong>. En caso de no retirarse ocurre lo siguiente:\n<ol>\n<li>Plazo de <strong>2 d\u00edas<\/strong> para que se presenten las pruebas del lado de quien demanda y del lado de quien es demandado, que se niega a retirar el contenido.<\/li>\n<li>Plazo de <strong>5 d\u00edas<\/strong> para presentar las conclusiones de las pruebas introducidas por las partes.<\/li>\n<li>La <em>Comisi\u00f3n de Propiedad Intelectual<\/em> tiene un plazo de <strong>3 d\u00edas<\/strong> para dictar resoluci\u00f3n.<\/li>\n<\/ol>\n<p>Tal resoluci\u00f3n se presenta nuevamente a un juez quien la autoriza o no. Pero este juez no participa en el proceso mismo de determinaci\u00f3n de culpabilidad (o no), simplemente ratifica o niega la conclusi\u00f3n.<\/li>\n<li>Acudir a un juez para obtener una orden judicial por medio de la cual se piden los datos de aquel o aquellos que cometen la infracci\u00f3n al proveedor de servicios (generalmente ser\u00e1 una empresa de <em>hosting<\/em> que opere dentro de Espa\u00f1a) y para que se retire el contenido que vulnera los derechos de propiedad intelectual (el Copyright, pues). Los Juzgados Centrales de lo Contencioso Administrativo tienen apenas <strong>24 horas<\/strong> para autorizar o no. (como se explica en el inciso <strong>7<\/strong> del <a href=\"http:\/\/www.slideshare.net\/hipertextual\/propuesta-de-modificacin-de-la-disposicin-final-segunda-del-proyecto-de-ley-de-economa-sostenible?from=embed\" target=\"_blank\" rel=\"noopener\">documento de acuerdo entre los partidos<\/a>). El juez puede negarse si afecta al <a href=\"http:\/\/noticias.juridicas.com\/base_datos\/Admin\/constitucion.t1.html#a18\" target=\"_blank\" rel=\"noopener\">Art\u00edculo 18<\/a> apartados 1 y 3 de la Constituci\u00f3n Espa\u00f1ola. (<em>No olvidemos que la primera versi\u00f3n de la <strong>Ley Sinde<\/strong> que se dio a conocer a finales de 2009 permit\u00eda este proceso sin la necesidad de intervenci\u00f3n de un juez<\/em>)<\/li>\n<\/ol>\n<p>Bueno, uno podria pensar que esta puede ser una buena solucion o por lo menos que es el camino hacia una buena solucion pero hay que \u00abvivir, comer y respirar\u00bb dentro de este ecosistema para darse cuenta del impacto de este tipo de regulaciones pueden provocar y para que entendamos su impacto me permito tomar unos extractos de un reciente post de <a href=\"http:\/\/www.enriquedans.com\/2011\/02\/rojadirecta-y-la-justicia-universal.html\" target=\"_blank\" rel=\"noopener\">Enrique Dans <\/a>(un \u00abpensador\u00bb y\u00a0guru de nuestro sector\u00a0al cual aprecio y respecto mucho) que nos muestra claramente los peligros que nos traen este tipo de soluciones:<\/p>\n<ul>\n<li><em>\u00a0<\/em><a title=\"EEUU bloquea el acceso a &#039;rojadirecta.org&#039; por supuesta &#039;violaci\u00f3n de copyright&#039; - El Mundo\" href=\"http:\/\/www.elmundo.es\/elmundo\/2011\/02\/01\/navegante\/1296552570.html\" target=\"_blank\" rel=\"noopener\"><em>Caso<\/em><\/a><em> <\/em><a title=\"EEUU bloquea tambi\u00e9n &#039;rojadirecta.com&#039; - El Mundo\" href=\"http:\/\/www.elmundo.es\/elmundo\/2011\/02\/02\/navegante\/1296639760.html\" target=\"_blank\" rel=\"noopener\"><em>Rojadirecta<\/em><\/a><em>; Rojadirecta no hospeda, no posee, no explota materiales sometidos a derechos de autor: \u00fanicamente enlaza a ellos, a transmisiones que est\u00e1n siendo realizadas en otros pa\u00edses. \u00bfRompe las ventanas de explotaci\u00f3n de la industria? Lo hace, pero eso es un problema diferente: \u00bfpueden sostenerse ventanas de explotaci\u00f3n definidas geogr\u00e1ficamente en una red sin fronteras?\u00bfQu\u00e9 es lo que realmente est\u00e1 en juego aqu\u00ed? Como en el caso de la ley Biden-Sinde, hablamos de principios b\u00e1sicos de soberan\u00eda, de territorialidad en algo como la red que intr\u00ednsecamente carece de ella. Ahora bien: \u00bfdebe la intr\u00ednseca ubicuidad de la red ser la excusa para que un pa\u00eds como los Estados Unidos se arrogue el derecho de implantar sus leyes de manera universal? \u00bfSignifica el caso Rojadirecta que ahora cualquiera, por el hecho de aparecer en la red, debe plegarse a la justicia de los Estados Unidos? El asunto, como vemos, va mucho m\u00e1s all\u00e1 de lo que inicialmente parece.El bloqueo a Rojadirecta se efect\u00faa a trav\u00e9s del sistema de registro de dominios, utilizando para ello a una empresa norteamericana,Esa, y no otra, es la verdadera cuesti\u00f3n que est\u00e1 en juego: la idea de una presunta \u201cjusticia universal\u201d ejercida por los Estados Unidos. Los mismos, por cierto, que se afanan en obtener una ley Biden-Sinde que no va a beneficiar en absoluto a los creadores espa\u00f1oles \u2013 al contrario, ahondar\u00e1 en la brecha entre creadores y p\u00fablico, provocar\u00e1 m\u00e1s tensi\u00f3n, y ahuyentar\u00e1 a los ciudadanos del consumo de productos culturales espa\u00f1oles \u2013 y s\u00ed a la industria cultural estadounidense. En el fondo, Rojadirecta y la ley Biden-Sinde forman parte de un mismo plan. Un plan siniestro, ante el que todo pa\u00eds razonablemente inteligente debe plantarse. Internet no es ni puede ser propiedad de los Estados Unidos: es un espacio universal, y como tal debe regularse. El caso Rojadirecta es mucho, mucho m\u00e1s importante de lo que parece: es solo la punta de un monumental iceberg y de uno de los problemas jurisdiccionales que m\u00e1s van a dar que hablar en los pr\u00f3ximos a\u00f1os\n<p><\/em><a title=\"Verisign - Wikipedia (EN)\" href=\"http:\/\/en.wikipedia.org\/wiki\/VeriSign\" target=\"_blank\" rel=\"noopener\"><em>Verisign<\/em><\/a><em>. Esta empresa es la entidad certificada por <\/em><a title=\"Corporaci\u00f3n de Internet para la Asignaci\u00f3n de Nombres y N\u00fameros (ICANN) - Wikipedia (ES)\" href=\"http:\/\/es.wikipedia.org\/wiki\/ICANN\" target=\"_blank\" rel=\"noopener\"><em>ICANN, la Corporaci\u00f3n de Internet para la Asignaci\u00f3n de Nombres y N\u00fameros<\/em><\/a><em>, una organizaci\u00f3n sin \u00e1nimo de lucro radicada en California y que opera bajo las leyes de dicho estado. Y de ah\u00ed procede precisamente el problema: dado que los Estados Unidos, a instancias de una serie de derechohabientes, no puede proceder contra los servidores que alojan a Rojadirecta, lo que han hecho es <\/em><a title=\"Tarjeta roja a la justicia universal - Iurismatica\" href=\"http:\/\/www.iurismatica.com\/blog\/tarjeta-roja-a-la-justicia-universal\/\" target=\"_blank\" rel=\"noopener\"><em>proceder a trav\u00e9s del sistema de asignaci\u00f3n de nombres de domino a trav\u00e9s de Verisign e ICANN, que s\u00ed est\u00e1n bajo jurisdicci\u00f3n estadounidense<\/em><\/a><em>. Eso coloca autom\u00e1ticamente a cualquier actividad que suceda en la red, en caso de disputa con una entidad norteamericana, bajo la posibilidad de ser sancionada por la justicia de dicho pa\u00eds, sin que se le proporcione adem\u00e1s oportunidad de defenderse. En el caso Rojadirecta, ha bastado una denuncia de un derechohabiente para que el dominio sea secuestrado, sin posibilidad de alegaci\u00f3n por parte de la compa\u00f1\u00eda.<\/em><\/li>\n<\/ul>\n<p>En mi camino de\u00a0mas de 15 a\u00f1os\u00a0en el que\u00a0transito en el mundo de los negocios por internet tuve y tengo la suerte\u00a0de portar varios\u00a0\u00abbonetes\u00bb que me permiten vivir por dentro escenarios tan caoticos y fantasticos como los son los de una Empresa con genes 2.0 y por otro lado presidir instituciones\u00a0que nacieron por\u00a0la econom\u00eda digital, que\u00a0trabajan, apoyan y\u00a0construyen puentes en ese\u00a0ecosistema\u00a0para que el cambio sea mas rapido.<\/p>\n<p>Con esta vision y siendo uno de los jugadores que esta transpirando la camiseta se que la solucion no es facil, que no es el \u00abresultado de un solo partido\u00bb y\u00a0que tampoco lo es de \u00abun campeonato de liga local\u00bb sino que sera el\u00a0resultado\u00a0del\u00a0partido donde\u00a0\u00abtraspiremos la camiseta todos los actores del ecosistema\u00bb y que\u00a0de su propio seno salgan los mecanismos para \u00abordenar el caos\u00bb<\/p>\n<p>Un claro ejemplo de ello\u00a0son las iniciativas\u00a0que se estan trabajando\u00a0en pos de crear\u00a0mecanismos globales de resolucion electronica de disputas (online dispute resolution) transfronterizas a nivel\u00a0UNCITRAL\u00a0\u00a0pero no alcanzan y necesitan ser mas agiles y rapidas para que no lleguen tarde cuando \u00ablos platos esten en su mayoria rotos\u00bb<\/p>\n<p>El tema da para hablar mucho, pero la cuestion es la misma: Regular o no regular&#8230; y mi humilde\u00a0opinion es que\u00a0para hacerlo asi es mejor no hacerlo&#8230;. porque los da\u00f1os colaterales pueden ser terminales para nuestro\u00a0ecosistema!!<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>En diferentes partes del planeta estan igual de\u00a0dubitativos\u00a0que nuestro famoso\u00a0personaje de Shakeapeare\u00a0buscando los mecanismos que le permitan\u00a0\u00abordenar el caos\u00bb que internet, las redes sociales y las nuevas tecnologias aplicadas al d\u00eda a d\u00eda han provocado. 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