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May
31

que es el Crowdsourcing? se viene una nueva revolución de las masas en internet?

Venimos escuchando mucho ultimamente el termino de crowdsourcing, y la pregunta de muchos es como esta nueva forma de colaboración en masa vía internet está transformandose en una poderosa y controversial herramienta de la red pero principalmente como modificara la forma de trabajar y hacer negocios….

Pero la primer pregunta que nos surge es: que es crowdsourcing?

Bueno, se trata de un sistema de colaboración que ya se ha popularizado con el termino de crowdsourcing: la masa como proveedora de servicios.

Crowdsourcing , viene del inglés crowd (masa) y sourcing (externalización), también conocido como “tercerización masiva” o “subcontratación voluntaria”, consiste en externalizar tareas que, tradicionalmente, realizaba un empleado o contratista, a un grupo numeroso de personas o una comunidad (masa), a través de una convocatoria abierta.

Jeff Howe, uno de los primeros autores en emplear el término, estableció que el concepto de “crowdsourcing” depende esencialmente del hecho de que, debido a que es una convocatoria abierta a un grupo indeterminado de personas, reúne a los más aptos para ejercer las tareas, responder ante los problemas complejos y contribuir con las ideas más frescas y relevantes a sus aportaciones.

Por ejemplo, se podría invitar al público a desarrollar una nueva tecnología, a llevar a cabo una tarea de diseño (también conocida como diseño basado en la comunidad y diseño participativo distribuido, a mejorar o a llevar a cabo los pasos de un algoritmo (véase computación basada en humanos), o ayudar a capturar, sistematizar o analizar grandes cantidades de datos (véase también ciencia ciudadana).

El término se ha hecho popular entre las empresas, autores y periodistas como forma abreviada de la tendencia a impulsar la colaboración masiva habilitada por las tecnologías Web 2.0 para lograr objetivos de negocio. Sin embargo, tanto el término como sus modelos de negocio subyacentes han generado controversia y críticas.

Como bien indica Cecilia Albuixech, gerenta de comunicaciones corporativas para Chile, Perú y Argentina de GE “..El crowdsourcing permite llegar a un público masivo de una forma rápida, expedita y a un costo más bajo, al mismo tiempo que plasma en una misma plataforma las visiones, vivencias y necesidades de personas en distintas partes del mundo”,

Vemos en la web que existen portales especializados que llevan estos modelos a las empresas como es el caso de Worth1000.com, en el que una bolsa de creativos compite con sus propuestas en concursos propuestos por organizaciones que buscan resolver problemas de diseño. Innocentive.com es un esquema similar, pero para reunir conocimientos químicos, físicos e ingenieriles. En ambos, las empresas deben ofrecer un premio en dinero a la propuesta ganadora.

Para los informáticos, el crowdsourcing no es un concepto nuevo. Lo popularizaron a fines de los 90 mediante modelos de colaboración online para desarrollar software libre. Muchos programadores dedicaron horas gratuitas de trabajo conectados a internet para colaborar en la creación del sistema operativo Linux. Con ello, muchos nuevos paquetes de programas se terminaron en tiempo récord y a bajo costo. Lo novedoso es que esta misma lógica se está llevando a nuevas aplicaciones y funcionalidades no sin generar controversia.

La artificial inteligencia artificial. Las nuevas aplicaciones de crowdsourcing justamente buscan poner el intelecto humano donde la computación fracasa. Un grupo de hackers llamados The Extraordinaries crearon una de las aplicaciones online más exitosas para encontrar gente después del terremoto de Haití: en el epicentro del terremoto se subían a un sitio online cientos de fotos de personas encontradas, mientras otros subían fotos de personas a las que estaban buscando. Usuarios conectados a internet en todo el mundo revisaban estos archivos e iban marcando coincidencias. Miles de personas dedicaron su tiempo para ayudar a esta tarea totalmente gratis. Este uso del criterio humano en labores que inicialmente se pensaba que podrían ser hechas por computadoras (la identificación de rostros en distintas imágenes) ya es conocido como la Inteligencia Artificial Artificial.

El problema es que los objetivos no siempre son tan nobles. El gobierno de Irán, por ejemplo, creó una aplicación en el portal www.gerdab.ir para identificar a las personas que participaban en protestas en Teherán de acuerdo a los datos que tenían en sus registros de ciudadanos. Un pequeño beneficio monetario ofrecido a quienes hicieran una identificación ayudó a que cada usuario se transformara “en un apoyo a la seguridad nacional”, como decía el portal del gobierno.

Un ejemplo distinto es lo que hace Samasource.org, plataforma creada por una organización sin fines de lucro que busca dar trabajo en países poblados, con alto desempleo y un parque suficiente de conexiones a internet. Por ejemplo, gente en India o en Irak revisa fotos en sus teléfonos móviles, marcando si el contenido es ofensivo o adecuado. A veces, el usuario en India debe agregar en palabras si la imagen se trata de un perro, un tigre o un auto. Asi mismo la persona desde su celular puede leer un contenido y ver si es que usa un lenguaje inadecuado y hace propuestas de edición. Por cada respuesta enviada recibe algunos centavos. ¿Tonto? Miles de personas haciendo lo mismo es lo que permite que grandes portales al estilo de LInkedin y Ask.com editen y protejan muchos de los contenidos creados por las redes sociales. Crowdsourcing como editores de contenidos.

Sin embargo, crowdsourcing y redes sociales no siempre crean círculos virtuosos. Una gran polémica surgió en Estados Unidos cuando se descubrió que un  grupo de aseguradoras pagaba a miles de usuarios en redes sociales para que participaran activamente en debates en línea criticando la reforma de salud del gobierno de Obama. Lo curioso es que no pagaban en dólares, sino en monedas virtuales para ser usadas en juegos como Farmville.  Hoy hay portales establecidos como Speak.org.uk y Subvertandprofit.com que ayudan a organizar protestas masivas para determinadas causas, ya sea en el mundo real como en internet. Con el advenimiento de este tipo de prácticas que facilita la participación colectiva no se podrá distinguir la honestidad ni la  verdadera motivación de sus participantes.

“El crowdsourcing genera un desafío muy fuerte para la institucionalidad que surge de internet, pues en la colaboración colectiva, muchos no entienden el tipo de proceso del que están participando ni el objetivo final de su trabajo”, dice el estadounidense Jonathan Zittrain, profesor de derecho de Harvard y quien se ha especializado en los desafíos legales de internet. Su reciente libro The Future of the Internet and How to stop it desarrolla algunos de los desafíos que empuja el crowdsourcing. “En un modelo de crowdsourcing, un grupo de expertos podría estar colaborando para armar un arma nuclear, sin saberlo”.

Pero del crowdsourcing surgen también oportunidades invaluables. Liveops.com, por ejemplo, es un centro de llamados en la nube. Si un usuario está con tiempo libre y requiere pesos adicionales, entonces puede registrarse en el sitio, descargar la aplicación de Liveops y convertirse en un telefonista de un call center. Las ventajas de costos que ofrece una solución como ésta a empresas que requieren un servicio telefónico liviano son las mismas que busca GE al lanzar su concurso por proyectos de energía sustentable. El desafío próximo es cómo hacer que las masas se responsabilicen de lo que hacen.

Para quellos que quieran ampliar, les recomendamos ver este video:

 

 

Funetes: Wikipedia / Articulo de AEtecno por Sergio Jara Roman

Mar
31

Puntos de Inflexion: Google + Citigroup + Mastercard juntos entran en la arena de los medios de pago por movil

Realmente son las noticias mas que positivas que se esperaban escuchar porque apuntan a mejorar los servicios de apoyo del ecosistema del comercio electroni.

Sirven para apuntalar y potenciar el fantastico crecimiento que tienen los negocio por internet y la economia digital a nivel local, regional y mundial

Se unirá a Citigroup y a Mastercard para implementar un sistema de pago móvil que convertirá a los teléfonos que usan el software Android en una especie de billetera electrónica

Así lo publicó el Wall Street Journal, citando a fuentes familiarizadas con el asunto, a pocos días de que la novedad trascendiera.

La nueva tecnología, que está en etapas preliminares, permitirá a los consumidores situar sus teléfonos con el software Android frente a un pequeño lector en las cajas registradoras para hacer los pagos, reportó el Journal.

El sistema de pagos le permitiría a Google ofrecer a las minoristas más información acerca de sus clientes y ayudar a canalizar publicidad y ofertas de descuento a usuarios de teléfonos móviles cerca de sus tiendas, dijeron las fuentes al WSJ.

El diario reportó que no se espera que Google reciba una tajada de las comisiones por transacción.

Inicialmente, quienes tengan tarjetas de crédito y de débito de Citigroup se les permitirá pagar por compras activando una aplicación para pago por móviles desarrollada para un modelo actual y muchos de los próximos modelos de teléfonos Android, dijo el diario.

Esto se suma a la gran movida que ya tienen entre manos empresas como: PayPal y Bling Nation y suma nuevos juagadores de peso pesado a la arena de los medios de pagos online donde la contienda sera digna de ver y disfrutar teniendo en cuenta las ultimas adquisiciones y lanzamientos de VISA , Amazon y American Express entre otros…

Osama Bedier (Ahora en Google) dijo en su charla en la Web 2.0 Expo, que el comercio electrónico no ha cambiado mucho en 13 años y que va vivir una transición importante de la mano de la convergencia de la telefonía móvil, local y social que va a cambiar toda industria. Hizo incapie en tres elementos que se necesitan para que se viva una nueva revolución del comercio electrónico que viene.

  1. Los pagos deben ir digital.
  2. Los Inventario deben vivir en la nube.
  3. La Identidad debe ser interoperables.

También es muy interesante a la luz del hecho de que Google ha presentado recientemente una patente para un “sistema distribuido de Comercio Electrónico Con centralizado punto de compra “, o lo que suena como un carro de compras móvil que envuelve empresas todos los elementos de una transacción en un proceso, va más allá de PayPal y de hecho recoge datos acerca de lo que los usuarios están comprando.

Creo que esta etapa marcara un antes y un despues para el mundo de los negocios por internet, al extremo que ingresaremos y redescubriremos un nuevo mundo como lo hizo Colon lleno de nuevas riquezas y oportunidades….

Y eso que recien estamos calentando motores!!! y ustedes que opinan?

Fuente: Infobae.com + Techcrunch

Feb
5

Regular o no regular, cual es la solución?

En diferentes partes del planeta estan igual de dubitativos que nuestro famoso personaje de Shakeapeare buscando los mecanismos que le permitan ”ordenar el caos” que internet, las redes sociales y las nuevas tecnologias aplicadas al día a día han provocado.

La base del problema está en los fabulosos cambios que hemos vivido en los últimos años y la falta de rapidez con la que hemos gerenciado esos cambios.

Personalmente estoy maravillado por la capacidad de reaccion y adaptacion que tenemos los individuos que formamos parte de este ecosistema. En el caso del mercado por ahi no ha sido a la velocidad que los que nacimos en la primer ola y somos hijos de la segunda ola de los negocios por internet hubieramos querido, pero si solo pensamos que hace 15 años eramos 16 millones de usuarios de internet en el mundo y hoy superamos los 2000 millones o que superamos en el 2010 los 1.000.000 de millones de dolares transaccionados B2C (Ventas online de Empresas a consumidores) a nivel mundial por internet son un clara muestra de esta capacidad de cambio y adaptacion. Es cierto que a nivel de ventas minoristas aun el ecommerce o comercio electronico no supera el 1% a nivel mundial, pero es una realidad que en algunos paises ya significa el 4% y con crecimiento de mas de dos digitos año tras año.

Un escenario totalmente distinto tenemos en las instituciones y sistemas que rigen/regulan/administran nuestro ecosistema, mas aun si estas son de origen publico!! que claramente estan viendo el partido desde el banco de suplentes y agradezcamos que estan ahi porque hace unos pocos años atras ni siquiera habian entrado al estadio.

Es ahi donde esta el principal desafio que hoy los modelos disruptivos y las nuevas formas de hacer y vivir las cosas han traido

Pero para entender la envergadura de la problematica de lo que estamos hablando y su gran peligro veamos el ejemplo de lo que hoy sucede con la Ley Sinde en España,

Primero, Que es la Ley Sinde? muy resumidamente es el nombre informal con el cual se conoce a un apartado particular de la Ley de Economía Sostenible llamado “Disposición Final Segunda”, en que el Gobierno de Rodríguez-Zapatero intenta enfrentar la crisis economica y social que atraviesa España actualmente. Fue propuesta en mayo de 2009.

Dicha Disposición Final Segunda consiste en una serie de cambios que afectan a:

  • La Ley de Servicios de la Sociedad de la Información (más conocida como LSSI).
  • La Ley de Propiedad Intelectual.
  • La Ley Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, (que se centra en la protección de la propiedad intelectual en el ámbito de la sociedad de la información y de comercio electrónico).

El objetivo de modificar estas leyes es permitir que un grupo de personas dependientes del Ministerio de Cultura (una comisión cultural o comisión de propiedad intelectual), tengan la potestad de cerrar páginas web que, de acuerdo a su propio criterio, vulnere los derechos propiedad intelectual previa autorización de los Juzgados Centrales de lo Contencioso Administrativo 

Con las modificaciones hechas para lograr el acuerdo pactado entre los partidos PP, PSOE y CIU para hacer pasar la ley, la Ley Sinde es y funcionan de la siguiente manera:

Para que la Comisión de Propiedad Intelectual actue, debe recibir una denuncia (puede ser de particulares, cantantes, bandas, directores, como de una discográfica, estudio de cine, televisión, o sus respectivos representantes) ellos tendrán la potestad de determinar si hay falta o no; cuando determinan que , hay dos vías a recorrer:

  1. El responsable de los contenidos que supuestamente vulneran la propiedad intelectual o aquellos que hospedan el contenido o aquel proveedor de acceso al que está conectado un servidor que hospeda los contenidos, inclusive quien los publicó tiene 48 horas para que, voluntariamente, retire el contenido en cuestión. Esto se hace por medio de una petición en la que no intercede ningún organismo jurídico. En caso de no retirarse ocurre lo siguiente:
    1. Plazo de 2 días para que se presenten las pruebas del lado de quien demanda y del lado de quien es demandado, que se niega a retirar el contenido.
    2. Plazo de 5 días para presentar las conclusiones de las pruebas introducidas por las partes.
    3. La Comisión de Propiedad Intelectual tiene un plazo de 3 días para dictar resolución.

    Tal resolución se presenta nuevamente a un juez quien la autoriza o no. Pero este juez no participa en el proceso mismo de determinación de culpabilidad (o no), simplemente ratifica o niega la conclusión.

  2. Acudir a un juez para obtener una orden judicial por medio de la cual se piden los datos de aquel o aquellos que cometen la infracción al proveedor de servicios (generalmente será una empresa de hosting que opere dentro de España) y para que se retire el contenido que vulnera los derechos de propiedad intelectual (el Copyright, pues). Los Juzgados Centrales de lo Contencioso Administrativo tienen apenas 24 horas para autorizar o no. (como se explica en el inciso 7 del documento de acuerdo entre los partidos). El juez puede negarse si afecta al Artículo 18 apartados 1 y 3 de la Constitución Española. (No olvidemos que la primera versión de la Ley Sinde que se dio a conocer a finales de 2009 permitía este proceso sin la necesidad de intervención de un juez)

Bueno, uno podria pensar que esta puede ser una buena solucion o por lo menos que es el camino hacia una buena solucion pero hay que “vivir, comer y respirar” dentro de este ecosistema para darse cuenta del impacto de este tipo de regulaciones pueden provocar y para que entendamos su impacto me permito tomar unos extractos de un reciente post de Enrique Dans (un “pensador” y guru de nuestro sector al cual aprecio y respecto mucho) que nos muestra claramente los peligros que nos traen este tipo de soluciones:

  •  Caso Rojadirecta; Rojadirecta no hospeda, no posee, no explota materiales sometidos a derechos de autor: únicamente enlaza a ellos, a transmisiones que están siendo realizadas en otros países. ¿Rompe las ventanas de explotación de la industria? Lo hace, pero eso es un problema diferente: ¿pueden sostenerse ventanas de explotación definidas geográficamente en una red sin fronteras?¿Qué es lo que realmente está en juego aquí? Como en el caso de la ley Biden-Sinde, hablamos de principios básicos de soberanía, de territorialidad en algo como la red que intrínsecamente carece de ella. Ahora bien: ¿debe la intrínseca ubicuidad de la red ser la excusa para que un país como los Estados Unidos se arrogue el derecho de implantar sus leyes de manera universal? ¿Significa el caso Rojadirecta que ahora cualquiera, por el hecho de aparecer en la red, debe plegarse a la justicia de los Estados Unidos? El asunto, como vemos, va mucho más allá de lo que inicialmente parece.El bloqueo a Rojadirecta se efectúa a través del sistema de registro de dominios, utilizando para ello a una empresa norteamericana,Esa, y no otra, es la verdadera cuestión que está en juego: la idea de una presunta “justicia universal” ejercida por los Estados Unidos. Los mismos, por cierto, que se afanan en obtener una ley Biden-Sinde que no va a beneficiar en absoluto a los creadores españoles – al contrario, ahondará en la brecha entre creadores y público, provocará más tensión, y ahuyentará a los ciudadanos del consumo de productos culturales españoles – y sí a la industria cultural estadounidense. En el fondo, Rojadirecta y la ley Biden-Sinde forman parte de un mismo plan. Un plan siniestro, ante el que todo país razonablemente inteligente debe plantarse. Internet no es ni puede ser propiedad de los Estados Unidos: es un espacio universal, y como tal debe regularse. El caso Rojadirecta es mucho, mucho más importante de lo que parece: es solo la punta de un monumental iceberg y de uno de los problemas jurisdiccionales que más van a dar que hablar en los próximos años

    Verisign. Esta empresa es la entidad certificada por ICANN, la Corporación de Internet para la Asignación de Nombres y Números, una organización sin ánimo de lucro radicada en California y que opera bajo las leyes de dicho estado. Y de ahí procede precisamente el problema: dado que los Estados Unidos, a instancias de una serie de derechohabientes, no puede proceder contra los servidores que alojan a Rojadirecta, lo que han hecho es proceder a través del sistema de asignación de nombres de domino a través de Verisign e ICANN, que sí están bajo jurisdicción estadounidense. Eso coloca automáticamente a cualquier actividad que suceda en la red, en caso de disputa con una entidad norteamericana, bajo la posibilidad de ser sancionada por la justicia de dicho país, sin que se le proporcione además oportunidad de defenderse. En el caso Rojadirecta, ha bastado una denuncia de un derechohabiente para que el dominio sea secuestrado, sin posibilidad de alegación por parte de la compañía.

En mi camino de mas de 15 años en el que transito en el mundo de los negocios por internet tuve y tengo la suerte de portar varios ”bonetes” que me permiten vivir por dentro escenarios tan caoticos y fantasticos como los son los de una Empresa con genes 2.0 y por otro lado presidir instituciones que nacieron por la economía digital, que trabajan, apoyan y construyen puentes en ese ecosistema para que el cambio sea mas rapido.

Con esta vision y siendo uno de los jugadores que esta transpirando la camiseta se que la solucion no es facil, que no es el “resultado de un solo partido” y que tampoco lo es de “un campeonato de liga local” sino que sera el resultado del partido donde ”traspiremos la camiseta todos los actores del ecosistema” y que de su propio seno salgan los mecanismos para “ordenar el caos”

Un claro ejemplo de ello son las iniciativas que se estan trabajando en pos de crear mecanismos globales de resolucion electronica de disputas (online dispute resolution) transfronterizas a nivel UNCITRAL  pero no alcanzan y necesitan ser mas agiles y rapidas para que no lleguen tarde cuando “los platos esten en su mayoria rotos”

El tema da para hablar mucho, pero la cuestion es la misma: Regular o no regular… y mi humilde opinion es que para hacerlo asi es mejor no hacerlo…. porque los daños colaterales pueden ser terminales para nuestro ecosistema!!

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